Recuperar IVA de facturas en concursos de acreedores

Esta crísis no pasa desapercibida para nadie, pero en especial para los empresarios; es bastante duro ver como el dinero de tus facturas desaparece en un concurso de acreedores, que en el mejor de los casos, acaba con el pago de un 50% de esas facturas, pero no sólo eso, también debemos pagar el dichoso IVA de unas facturas que no hemos cobrado, con el consiguiente perjuicio para nuestra empresa.

Cómo recuperar el IVA de facturas en un concurso de acreedores.

Si te ha afectado el concurso de acreedores de alguno de tus clientes, puedes recuperar el IVA de las facturas no cobradas, pero ojo !! deberás proceder a efectuar los pasos que te detallamos a continuación en el plazo de un mes desde que el concurso de acreedores ha sido admitido a trámite y se haya publicado en el B.O.E ya que Hacienda, se debe personar como acreedor de los importes adeudados (IVA), por lo que personarse como acreedor fuera de ese mes, supondrá la pérdida del derecho a modificar las facturas para recuperar el IVA en concurso de acreedores.

Pasos para recuperar el IVA de facturas en concurso de acreedores

  1. Solicitar al registro mercantil de la provincia de nuestro cliente un certificado de declaración de Situación  concurso de acreedores de nuestro cliente.
  2. Realizar factura rectificativa con valores en negativo de las facturas afectadas por el concurso de acreedores para compensar importes.
  3. Comunicar a la Agencia Tributaria, la modificación de dichas facturas.
  4. Junto a la comunicación a la Agencia Tributaria adjuntar las facturas rectificativas y certificado del registro mercantil  de declaración de situación de concurso de acreedores.
  5. Y el último paso será presentar dichas facturas en el próximo trimestre para poder deducir los importes ya abonados a la Agencia tributaria.

Con estos pasos podrás recuperar el IVA de las facturas no cobradas en situación de concurso de acreedores, y en el siguiente trimestre deducir los importes de la cantidad a abonar a Hacienda.

Ante cualquier duda, ponte en contacto con nosotros y te asesoraremos personalmente.

Saludos.

 

Deja un comentario