Los casos concretos por los que no tendrás que llevar mascarilla en el coche

El uso de la mascarilla en el coche y las excepciones que permiten no llevarla siguen siendo las mismas desde que finalizó el estado de alarma. Las recordamos.

ADRIAN LOIS – Autopista.es

Ante los nuevos y cada vez mayores rebrotes por coronavirus en España y la subida imparable de nuevos positivos, el uso de la mascarilla se vuelve primordial para evitar posibles contagios. Mientras que el uso obligatorio de las mascarillas en espacios públicos ha variado desde entonces, lo que no han variado son las condiciones para el uso de las mascarillas en el coche desde que el pasado 21 de junio se decretase el final del estado de alarma.

Hay que recordar que, de forma general, el uso de la mascarilla en el coche es obligatorio siempre que viajes con gente con la que no convives, lo que a su vez limita el uso de todas las plazas en el interior del vehículo. Además, en el transporte público (tren, bus, avión y barco) también es obligatorio; en este último caso, serán las diferentes empresas las encargadas de tomar las medidas oportunas para garantizar la máxima separación posible entre viajeros y los procedimientos para el acceso y salida de forma ordenada.

En caso de no respetar estas normas, las multas son de hasta 100 euros. Sin embargo, en todas estas condiciones para el uso de la mascarilla hay, como decíamos, excepciones:

  • Si en el coche viajan personas que conviven juntas, entonces no será necesario llevar la mascarilla.
  • También quedan excluidas de utilizarlas obligatoriamente las personas que, por su situación de discapacidad o dependencia, tengan alteraciones de conducta que lo hagan inviable, en personas con dificultades respiratorias cuando el uso de la mascarilla pueda provocar un empeoramiento de sus condiciones o cuando estas tengan motivos de salud debidamente justificados.

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