La DGT advierte: los tres documentos imprescindibles para circular

Llevar la documentación de tu vehículo y tu permiso de conducir es obligatorio. Puedes optar por la opción digital, te descargas gratis la app miDGT, te registras con Cl@ve y podrás tener en tu móvil el carnet de conducir y los papeles del coche.

Porque seguramente te olvides la cartera, cojas el coche de tu primo, el de un amigo, incluso el de alquiler y no sepas dónde está todo. Y como es casi seguro que el móvil no te lo vas a olvidar, será la manera más sencilla de llevar toda la documentación necesaria si las autoridades te la solicitan.

  • El permiso de conducción: ya sea el definitivo o la autorización provisional expedida por la Jefatura de Tráfico.
  • Permiso de circulación del vehículo: donde aparecen los datos técnicos y los datos del propietario.
  • Tarjeta de inspección técnica del vehículo: donde aparezca el último informe de la ITV y llevar la pegatina.

Sí, es obligatorio llevar pegada en el cristal la pegatina de la ITV

Tal y como recoge el Reglamento General de Vehículos, aprobado por el Real Decreto 2822/1998, llevar la pegatina pegada en el cristal permite que los agentes de los cuerpos de seguridad del Estado sean capaces de comprobar de un vistazo y muy rápidamente que el vehículo circula legalmente, sin irregularidades. Son las ITV las responsables de colocar el distintivo en nuestro coche tras haber superado la inspección. Si ellos no lo hacen, te corresponde a ti hacer esta tarea.

Multa por no llevar documentación obligatoria

La sanción por no llevar uno de estos documentos es una sanción leve y será sancionada con una multa de hasta 100 euros. Si conduces sin documentación, y te pillan, el vehículo se inmovilizará.

Desde el año 2008 no es obligatorio llevar en el coche la póliza y el recibo del seguro, ya que los agentes pueden comprobar en el lugar si el vehículo está asegurado. No obstante, la DGT recomienda llevarlo.

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