Valencia la primera comunidad en tramitar el bono de alquiler para jovenes

El bono joven de 250 euros en el alquiler, disponible desde el 2 de junio en Valencia

Idealista.com/news

Las noticias en cuanto a la tramitación del bono de alquiler para jóvenes va llegando poco a poco y por comunidades. La Generalitat Valenciana ha anunciado que destinará 45 millones de euros al Bono Alquiler Joven para los ejercicios 2022 y 2023, siendo la primera en España. El Bono Alquiler Joven se diseña con una cuantía de 250 euros mensuales para las personas jóvenes que no superen los 35 años. Se trata de una ayuda total de 6.000 euros repartida en 24 mensualidades con la que se pretende facilitar la emancipación de este colectivo, así como contribuir a evitar o ralentizar el reto demográfico.

La cuantía máxima de ayudas que se concederá en 2022 será inicialmente de 22,8 millones de euros aportados por el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.

Requisitos para pedir el Bono Alquiler Joven

Los jóvenes que quieran solicitar el Bono Alquiler Joven deberán cumplir los siguientes requisitos:

1. Ser mayor de edad y tener hasta 35 años en el momento de solicitar lo ayuda.

2. Poseer la nacionalidad española, o la de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo o Suiza. En el caso de las personas extranjeras no comunitarios tendrán que encontrarse en situación de estancia o residencia regular en España.

3. Tener un contrato de alquiler o cesión de uso de la vivienda o habitación, o estar en condiciones de suscribirlo, en este caso se deberá suscribir en el plazo máximo de 2 meses desde que se concede la ayuda.

4. La vivienda o habitación alquilada tendrá que ser la residencia habitual y permanente de la persona solicitante, este requisito se acreditará mediante certificado o volante de empadronamiento.

5. Ni el solicitante ni su cónyuge podrán tener parentesco de consanguinidad o afinidad de primer grado con el propietario de la vivienda.

6. Que en ningún caso y en ninguna mensualidad, la suma de las ayudas recibidas por las personas jóvenes que convivan en la vivienda supere el importe de la renta arrendaticia o precio de cesión.

¿Qué documentación debo presentar para solicitar el Bono Alquiler Joven?

Copia completa del contrato de alquiler de la vivienda o habitación firmado por ambas partes en todas sus páginas con mención expresa al importe del alquiler y el medio y forma de pago.

-Se aportará además la referencia catastral de la vivienda individualizada. En el caso de que no existiera la referencia catastral individualizada de la vivienda arrendada o cedida o donde se localice la habitación sujeta a alquiler o cesión, la persona solicitante deberá aportar certificado emitido por la Gerencia Territorial del Catastro o la referencia catastral del suelo o de la finca en que se halla la vivienda, complementados, en su caso, con la información adicional necesaria que permita verificar la identificación de la vivienda.

-Se deberá presentar la Nota simple expedida por el Registro de la Propiedad acreditativa de la propiedad y descripción de la vivienda donde conste el número de habitaciones existentes.

Certificado o Volante único de empadronamiento en el que consten, a fecha de la solicitud, las personas que tienen su domicilio habitual y permanente en la vivienda objeto de arrendamiento o cesión o en la que se ubique la habitación objeto de arrendamiento o cesión. El documento deberá ser único por vivienda, incluyendo a todas las personas que figuren empadronadas en la misma en la fecha de la solicitud, y será de necesaria aportación por el peticionario de la ayuda.

Certificado de vida laboral que acredite disponer al menos de una fuente regular de ingresos que le reporte unas rentas anuales, incluidos los de las personas que tengan su domicilio habitual y permanente en la vivienda arrendada o cedida o a arrendar o ceder, consten o no como titulares del contrato de arrendamiento o cesión, iguales o inferiores a 3 veces el IPREM (579,02 euros/mes), en el caso de trabajadores por cuenta ajena; o declaración censal de inicio de actividad o certificado de la Agencia Estatal de Administración Tributaria acreditativa del alta en actividades empresariales, profesionales o artísticas. 

Documentación acreditativa del pago de la renta de alquiler o precio de la cesión correspondientes a las mensualidades de alquiler abonadas con posterioridad a 1 de enero de 2022 hasta la fecha en la que se solicita la ayuda, salvo que el contrato tuviera una vigencia de menor plazo, en cuyo caso se acreditará el pago desde el inicio del contrato, siendo la presentación de estos recibos obligatoria junto con la solicitud.

-Únicamente en el caso de ser nuevo perceptor de ayudas de la Generalitat o cambio de número de cuenta bancaria, deberá presentar el impreso de domiciliación bancaria debidamente cumplimentado, designando la cuenta en la que se hará el ingreso de las ayudas.

La Generalitat Valenciana ha hecho, además, un cuadro explicativo para disipar dudas y hacer el proceso más sencillo:

Generalitat Valenciana

Deja un comentario

Debes iniciar sesión para escribir un comentario.