Solicitud de ingresos indebidos por la plusvalía

Varios juzgados se han pronunciado sobre la legalidad del Impuesto sobre el incremento de valor del terreno de naturaleza urbana, puesto que hay casos en los que no ha existido incremento del valor entre las fechas de adquisición y de transmisión, y por tanto, no sería aplicable este impuesto.

Según varios juzgados, se prescinde de la realidad y la plusvalía es ficticia, por atender criterios independientes del valor real de los terrenos, y por tanto, no se tiene en cuenta la existencia efectiva o no de incremento del valor.

Por ello, el importe se puede reducir o anular si se demuestra que la plusvalía ha sido menor o inexistente.

Puesto que ya son varios los juzgados que mantienen esta opinión, es cuestión de tiempo para que se declare la inconstitucionalidad del impuesto.

 

Como demostrar que la plusvalía ha sido menor o inexistente?

– Es necesario probar que con la venta del terreno o inmueble en cuestión, el vendedor no ha obtenido ninguna plusvalía. Es decir, hay que probar que se ha producido una reducción del valor del terreno o del inmueble durante el periodo de tenencia – demostrar que se ha producido una pérdida con la venta. Si no hay ganancia no debería haber hecho imponible.

Asimismo, alegar mal estado del inmueble, presentar tasación pericial contradictoria… todo esto para acreditar que el valor catastral (que es el que se tiene en cuenta para el cálculo del impuesto) es inferior al establecido.

 

Donde y cuando reclamar?

– Dentro de los plazos que concede al Ayuntamiento (que es el órgano que gestiona el impuesto) al girar la liquidación, pero normalmente donde hay más posibilidades de ganar es en vía judicial, puesto que los Ayuntamientos  mantienen su postura y la legalidad del impuesto.

Hay que valorar cada caso concreto, el importe reclamado, y tener en cuenta los honorarios de abogado y procurador.

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