¿Quieres ser Autónomo y conseguir ayudas? … Ahora es el momento.
Solo para los que se den o hayan dado de alta desde el 2/JULIO/2014.
Requisitos:
– Personas desempleadas, inscritas en Servef.
– No haber estado de autónomos en los últimos 6 meses previos al alta.
– No haber disfrutado en los 3 ejercicios anteriores de esta misma subvención
Ayudas a fondo perdido:
2.500 €, para desempleados en general.
– 3.000 €, para jóvenes parados menores de 30 y para mayores de 45 años.
– 4.000 €, para desempleados con discapacidad de al menos del 33%.
– (1, 2 y 3, se aumentan en 500 €, si son mujeres).
– 4.500 €, para mujeres desempleadas víctimas de violencia género.
AYUDAS a la PRIMERA CONTRATACION.
Requisitos:
– Contrataciones temporales desde el 02/07/2014.
– Contrataciones indefinidas desde el 1/01/14 y mantenerlo al menos 12 meses.
– Mayores de 45 años, menores de 30 años, parados ininterrumpidamente últimos 365 días.
– Sin parentesco con el empresario.
– Ser el primer contrato que se realiza.
Ayudas:
– Contrato fijo, jornada completa 5.400 €, 6.000 €, si es -25 años.
– Cont. temporal, jornada completa (mínimo 6 meses) 3.100 €, 3.600 €, si es -25 años.
– Cont. temporal, jornada completa (mínimo 3 meses) 1.500 €, 2.000 €, si es -25 años.
– Contratos tiempo parcial subvencionable con reducción proporcional de la subvención.
AYUDAS a la COTIZACIÓN A LA SEGURIDAD SOCIAL
Requisitos:
– Haber obtenido el pago único del desempleo.
– Socios de Cooperativas de Trabajo o de Sociedades Laborales.
– Autónomos con discapacidad (mínimo 33%).
– Hombres menores de 25 años o mujeres menores de 35 años.
Ayudas:
– 50% de la cuota mensual a la Seguridad Social.
– 100% de la aportación del socio de las Cooperativas de Trabajo y Sociedades Laborales a la cotización mensual a la Seguridad Social, si su alta es en el Régimen General.
Requisitos generales para todo tipo de ayudas
– Realizar unos gastos mínimos en inversiones de 4.000 € (sin iva).
– No se admitirán compra bienes usados, salvo si es traspaso total.
– Las facturas presentadas como gastos, deberán haberse pagado mediante transferencia bancaria.
Excluidos:
– Socios de SL, Sociedades Civiles o Comunidades de Bienes.
– Autónomos Colaboradores.
– Cooperativas. (salvo para las ayudas a la cotización a la Seguridad Social).
Plazo de solicitud finaliza el 30 de Septiembre del 2014.
Históricamente estas ayudas tenían efecto retroactivo al 1 de Enero.
Este año, como el pasado, se quedan sin ayuda las altas anteriores al 2/Julio/2014.