Nuevas medidas Covid-19 Del 15 de marzo al 12 de abril
La Comunidad Valenciana inicia este lunes 15 de marzo una nueva etapa en la desescalada de las medidas en vigor contra el coronavirus.
CIERRE PERIMETRAL
– Se prorroga la limitación de entrada y salida de personas del territorio de la Comunidad Valenciana.
– Se prorroga la limitación de circulación de las personas en horario nocturno entre las 22.00 y las 06.00 horas.
ENCUENTROS SOCIALES O FAMILIARES
– En espacios de uso público, cerrados o al aire libre, no más de cuatro personas, salvo que se trate de personas convivientes.
– En domicilios y espacios de uso privado, solo personas que pertenecen al mismo núcleo o grupo de convivencia.
HOSTELERÍA Y RESTAURACIÓN
– Aforo permitido en el interior de local: 30 %.
– Aforo en las terrazas al aire libre: 100 %.
– Hora de cierre a las 18.00 horas.
– Máximo de 4 personas por mesa o agrupaciones de mesas.
– Distancia entre mesas de 2 metros en interior de establecimientos y 1,5 en terrazas.
– El consumo será siempre sentado en mesa.
– El uso de mascarilla será necesario cuando no se esté consumiendo.
– El aforo máximo permitido debe estar visible en la entrada.
No queda permitido:
– El uso de la barra.
– Los servicios tipo self service o buffet.
– Fumar.
– El baile, ni en interiores ni en exteriores.
– Las actividades o máquinas recreativas y los juegos de azar en mesa.
LOCALES COMERCIALES
– Aforo al 50 % y también reducirán al 50 % la capacidad de los aparcamientos.
– Hora de cierre a las 20.00 horas, salvo aquellos considerados esenciales para la venta de productos de alimentación, bebidas, productos higiénicos, establecimientos farmacéuticos, sanitarios, ópticas, productos ortopédicos, servicios de peluquería y de alimentos para animales de compañía, únicamente para la venta de dichos productos.
CIERRE CAUTELAR DE LOS SIGUIENTES ESTABLECIMIENTOS, ESPACIOS Y ACTIVIDADES
– Locales donde se desarrollen actividades festeras tradicionales.
– Discotecas, salas de baile y bares de copas con y sin actuaciones musicales en directo.
– Salones de juego, casinos, salas de bingo y resto de salones recreativos de máquinas de azar.
CELEBRACIONES, EVENTOS O CONCENTRACIONES DE PERSONAS
– No se celebrarán eventos de ninguna índole que impliquen aglomeración o concentración de personas.
– No tendrán consideración de eventos las conferencias, museos y salas de exposiciones, cines, espectáculos teatrales y musicales, teatros, salas de artes, así como la celebración de pruebas selectivas o exámenes realizados por organismos oficiales o centros educativos en cuyo caso el aforo será del 50 %.
ACTIVIDAD FÍSICA Y DEPORTE
– Se podrá practicar actividad física y deportiva, al aire libre y en instalaciones abiertas o cerradas, sin contacto físico y en grupos máximos de 4 personas.
– No será obligatorio el uso de mascarilla si la actividad se realiza en espacios abiertos y siempre que sea posible mantener la distancia de seguridad.
– Sí será obligatorio el uso de la mascarilla en zonas o espacios con gran afluencia y en instalaciones cerradas.
INSTALACIONES DEPORTIVAS
– En instalaciones deportivas cerradas, aforo máximo de un 30%.
– Cierre a las 20.00 horas.
– En las piscinas, aforo máximo de un 30%.
– Se permite el uso de vestuarios, con un aforo máximo de un 30%.
– Se podrán utilizar las duchas cuando éstas sean individuales.
LA ACTIVIDAD FÍSICA Y DEPORTIVA DE LA POBLACIÓN EN EDAD ESCOLAR
– Actividades deportivas grupales con un máximo de 10 personas.
– Grupos estables, sin contacto físico, manteniendo distancia de seguridad.
– Sin público.
– No se permite la participación de personas escolarizadas en las etapas educativas de Infantil y Primaria en acontecimientos y en competiciones deportivas, excepto los federados.
COMPETICIONES DEPORTIVAS
Continúan suspendidas todas las competiciones, en todas las categorías y modalidades deportivas, excepto las competiciones profesionales.
OCIO EDUCATIVO, ESCUELAS DE ANIMACIÓN JUVENIL, PARQUES Y ZONAS DE ESPARCIMIENTO LIBRE
– Parques y jardines abiertos.
– Se permiten actividades de ocio educativo y escuelas de animación juvenil con aforo máximo del 30% y en grupos de hasta un máximo de 10 personas
VELATORIOS Y ENTIERROS
– Aforo del 30% con un límite máximo de 20 personas en espacios al aire libre o de 15 personas en espacios cerrados, sean o no convivientes.
CEREMONIAS NO RELIGIOSAS
– Limitación de 1/3 de su aforo, con un máximo de 20 personas en espacios al aire libre o de 15 personas en espacios cerrados, entre familiares y personas allegadas.
RESIDENCIAS Y OTROS ALOJAMIENTOS SIMILARES
– Aforo del 30%
– En los alojamientos que ofrecen habitaciones y servicios colectivos, las personas de diferentes grupos de convivencia no pueden pernoctar en la misma estancia ni utilizar cocinas compartidas.
PISCINAS Y PLAYAS
• Aforo en piscinas del 30%.
• Se podrá hacer uso de los vestuarios, pero no se podrá hacer uso de las duchas ni de las fuentes de agua.
• Se permite el acceso a las playas para pasear o hacer actividad física y deportiva al aire libre.
• Uso obligatorio de la mascarilla, excepto durante el baño.