Los pagos en efectivo no valen para acreditar ante hacienda estancias en el extranjero.
Si viajas al extranjero, tú mismo o tus trabajadores, y pagas gastos en efectivo (taxis, restaurantes, hoteles…) los tickets no valen para acreditar ante Hacienda las estancias en otros países.
Por ello, te aconsejamos que lo pagues todo con la tarjeta bancaria de la empresa y, si no tienes, con la tuya personal, ya que así sí sería posible vincularlos con una persona física o jurídica.