Los jubilados con pensiones del extranjero, tienen 6 meses para regularizar su situación con Hacienda, sin sanciones.
Hasta el próximo 30 de junio de 2015, hay tiempo para regularizar sin sanción las pensiones procedentes del extranjero.
Esta medida afecta a residentes en España que cobran una pensión procedente del exterior y puede tratarse tanto de pensionistas extranjeros residentes en España como de pensionistas españoles que han vuelto después de haber sido emigrantes.
Como consecuencia de los mecanismos internacionales de intercambio de información, la administración tributaria española ha descubierto en los últimos años la existencia de contribuyentes residentes en España que percibían pensiones procedentes del extranjero que no habían sido correctamente declaradas en el IRPF.
Por las características de estas personas, pensionistas de edad avanzada, que tienen mayor dificultad para conocer la legislación española por haber residido muchos años en el extranjero y que, en general, no tienen grandes fortunas, el Gobierno ha aprobado para estos colectivos un periodo extraordinario de regularización de seis meses desde enero de 2015.
En dicho plazo, los contribuyentes afectados pueden presentar autoliquidaciones complementarias de los periodos impositivos no prescritos en que hayan percibido pensiones del extranjero que no hayan sido declaradas.
Así se les da, de forma extraordinaria, la oportunidad de ponerse al corriente de sus obligaciones tributarias pendientes por dichas rentas, ingresando el 100% de la cuota tributaria correspondiente, siendo exonerados de satisfacer sanción, recargas o intereses de demora.
Asimismo, se establece la condonación de las sanciones y recargos liquidados por la Administración al regularizar este tipo de pensiones y aquellos contribuyentes que regularizaron espontáneamente debiendo abonar recargos, se condonan también dichos recargos, que serán devueltos.
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