Cantidades máximas que Hacienda puede embargar de tu salario
Cuando no se puede con los pagos mensuales establecidos por la deuda la administración pública o tus acreedores pueden optar por embargar parte de tu salario.
Pero no todo tu salario. Existe, por fortuna, una cantidad mínima que nadie puede tocarte. La cantidad concreta está determinada por el motivo de la deuda y las circunstancias concretas de la persona.
El salario mínimo no puede embargarse (En 2014 es de 641,40 euros) Esta es la cantidad que cualquier trabajador percibirá independientemente de sus deudas con Hacienda, la Seguridad Social, los bancos o quien sea.
Una vez se supera el SMI el porcentaje embargable aumenta conforme lo hacen los ingresos del deudor.
La escala a aplicar es la siguiente:
- SMI (641,40 €) -> Inembargable
- Entre 1 y 2 veces el SMI (1282,8 €) -> 30% embargable de las cantidades que superen el SMI
- Entre 2 y 3 veces el SMI (1924,2 €) -> 60% embargable
- Entre 3 y 4 veces el SMI (2565,6 €) -> 75% embargable
- Más de 5 veces el SMI (más de 3207 €) – 90% embargable
Sobre estos porcentajes y cantidades habrá que aplicar una serie de variantes en función de las cargas familiares.
Existen dos excepciones:
En las pensiones de alimentos a los hijos sí se podrá embargar una parte del SMI.
En el caso de las hipotecas es inembargable el 150% del SMI, 961 € al mes. (Este límite aumenta un 30% por cada persona dependiente y sin ingresos que forme parte de la unidad familiar)